
Estuve revisando acerca de las normas que regulan la propaganda política en el Perú y lamentablemente no encontré nada relacionado a la utilización de niños o adolescentes en las manifestaciones políticas o en las propagandas que los partidos o agrupaciones puedan hacer.
La ley Orgánica de Elecciones (Ley Nº 26859) no alude en ninguna manera que los niños o adolescentes puedan intervenir en cualquier tipo de propaganda o manifestación política a favor de algún candidato; es decir los niños y adolescentes pueden mostrarse en una gigantografía, ir a caravanas gritando y haciendo urras por algún partido o candidato en particular o repartir volantes, pegar afiches, etc.
Y esto realmente es lamentable. Y claro, a los candidatos, sobre todo aquellos que intentan acrecentar las masas de gente para causar la impresión de tener una cantidad inmensa de simpatizantes, les cae como anillo al dedo.
En Tumbes, la mayoría de partidos y agrupaciones políticas USARON NIÑOS Y ADOLESCENTES durante sus salidas por las calles; cuando recorrian, ya sea en mototaxis, combis, camiones, o a pie utilizaron a niños. Ni siquiera la flamante alcaldesa MARJORIE JIMENEZ con su postura religiosa escapó de esta aberrante figura.
Presencié, por ejemplo como el Sr. WILMER DIOS, utilizó en sus caravanas a los pueblos de la periferie de la ciudad de Tumbes a niños que sin estar concientes, ni tener una idea clara de lo que decian o hacian, estaban en una combi gritando y proclamando y haciendo hurras, con sus cabezas fuera de las ventanas, con banderines de FAENA, con vinchas de FAENA, etc, como si fueran unos pequeños títeres guerreros políticos; articulados por toda esta parafernalia política, que lo único que buscaban era su conveniencia.
Nuestro país debería determinar en los siguientes comicios presidenciales del próximo año la NO UTILIZACION DE LA IMAGEN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE.
Países, como Venezuela (que realmente es algo excepcional en un país donde se impone una dictadura) que tiene una Ley Electoral, protegen al Niño y Adolescente de estas abominables utilizaciones de personas que realmente no tienen un criterio definido y que son utilizadas solo para saciar un hambre político desmesurado.
Este es un extracto del Reglamento Venezolano de Procesos Electorales referidos a la propaganda Política, que inclusive tiene un parrafo referido a la protección animal.
Reglamento 6 de la Ley de Procesos Electorales
ARTÍCULO 5.- No se permitirá la propaganda electoral que:
2. Atente contra el honor, vida privada, intimidad, propia imagen,
confidencialidad y reputación de las personas;
3. Promueva la guerra, discriminación o intolerancia;
8. Contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes
del Poder Público, instituciones y funcionarias o funcionarios públicos;
9. Que utilicen la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o
adolescentes;
10. Utilice los símbolos nacionales o regionales de la patria o de los próceres de
la República Bolivariana de Venezuela, o los colores de la Bandera Nacional
o Regional;
12. Violente la normativa establecida en la legislación en materia de protección
animal
Y aquí en el Perú, aquí en Tumbes ¿quien defiende los derechos de los niños y adolescentes? ¿qué pronunciamiento tiene la DEFENSORIA DEL PUEBLO, el Minsiterio de la Mujer y desarrollo Social que se indigna frente a un spot publicitario de el diario EL BOCON por un maltrato emocional a un niño, caray eso frente a la utilización de niños en campañas políticas realmente es un pepino?¿qué sanción se les da a los padres de estos menores por dejar que sus niños se involucres en estos actos...o es que acaso lo hacen a cambio de "algo"?
Mientras tanto preparemonos para ver en las siguientes elecciones más de lo mismo.
La ley Orgánica de Elecciones (Ley Nº 26859) no alude en ninguna manera que los niños o adolescentes puedan intervenir en cualquier tipo de propaganda o manifestación política a favor de algún candidato; es decir los niños y adolescentes pueden mostrarse en una gigantografía, ir a caravanas gritando y haciendo urras por algún partido o candidato en particular o repartir volantes, pegar afiches, etc.
Y esto realmente es lamentable. Y claro, a los candidatos, sobre todo aquellos que intentan acrecentar las masas de gente para causar la impresión de tener una cantidad inmensa de simpatizantes, les cae como anillo al dedo.
En Tumbes, la mayoría de partidos y agrupaciones políticas USARON NIÑOS Y ADOLESCENTES durante sus salidas por las calles; cuando recorrian, ya sea en mototaxis, combis, camiones, o a pie utilizaron a niños. Ni siquiera la flamante alcaldesa MARJORIE JIMENEZ con su postura religiosa escapó de esta aberrante figura.
Presencié, por ejemplo como el Sr. WILMER DIOS, utilizó en sus caravanas a los pueblos de la periferie de la ciudad de Tumbes a niños que sin estar concientes, ni tener una idea clara de lo que decian o hacian, estaban en una combi gritando y proclamando y haciendo hurras, con sus cabezas fuera de las ventanas, con banderines de FAENA, con vinchas de FAENA, etc, como si fueran unos pequeños títeres guerreros políticos; articulados por toda esta parafernalia política, que lo único que buscaban era su conveniencia.
Nuestro país debería determinar en los siguientes comicios presidenciales del próximo año la NO UTILIZACION DE LA IMAGEN DEL NIÑO Y ADOLESCENTE.
Países, como Venezuela (que realmente es algo excepcional en un país donde se impone una dictadura) que tiene una Ley Electoral, protegen al Niño y Adolescente de estas abominables utilizaciones de personas que realmente no tienen un criterio definido y que son utilizadas solo para saciar un hambre político desmesurado.
Este es un extracto del Reglamento Venezolano de Procesos Electorales referidos a la propaganda Política, que inclusive tiene un parrafo referido a la protección animal.
Reglamento 6 de la Ley de Procesos Electorales
ARTÍCULO 5.- No se permitirá la propaganda electoral que:
2. Atente contra el honor, vida privada, intimidad, propia imagen,
confidencialidad y reputación de las personas;
3. Promueva la guerra, discriminación o intolerancia;
8. Contenga expresiones obscenas y denigrantes contra los órganos y entes
del Poder Público, instituciones y funcionarias o funcionarios públicos;
9. Que utilicen la imagen, sonido o la presencia de niñas, niños o
adolescentes;
10. Utilice los símbolos nacionales o regionales de la patria o de los próceres de
la República Bolivariana de Venezuela, o los colores de la Bandera Nacional
o Regional;
12. Violente la normativa establecida en la legislación en materia de protección
animal
Y aquí en el Perú, aquí en Tumbes ¿quien defiende los derechos de los niños y adolescentes? ¿qué pronunciamiento tiene la DEFENSORIA DEL PUEBLO, el Minsiterio de la Mujer y desarrollo Social que se indigna frente a un spot publicitario de el diario EL BOCON por un maltrato emocional a un niño, caray eso frente a la utilización de niños en campañas políticas realmente es un pepino?¿qué sanción se les da a los padres de estos menores por dejar que sus niños se involucres en estos actos...o es que acaso lo hacen a cambio de "algo"?
Mientras tanto preparemonos para ver en las siguientes elecciones más de lo mismo.
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